Brindamos servicios de sepelios que se adecuan a las necesidades, requerimientos y presupuestos de quienes nos necesitan. Los servicios que ofrecemos varían por el tipo de ataúd que se elige, como también por la cantidad de autos que lo acompañan y por el destino final que puede ser a inhumación (sepultura – nicho) o cremación, tanto en cementerios municipales como cementerios parques, también realizamos traslados al interior y exterior del país. En todos los servicios ponemos a disposición nuestros salones velatorios y nos hacemos cargos de los traslados desde el lugar donde ocurrió el fallecimiento (hospitales – sanatorios – viviendas). Según las circunstancias y el lugar en donde suceda el deceso de la persona, los tramites varían. Por ejemplo personas fallecidas en provincia de Buenos Aires, las actas de defunción y demás documentos demoran 72 horas en ser entregados, mientras que si el deceso sucede en Capital federal, la documentación puede demorar 20 días promedio. Además del registro civil nos encargamos de los tramites en cementerios, crematorios, tribunales. Intentamos liberar a las familias de tramitaciones, etc, acercando soluciones.
Las cremaciones deben ser solicitadas por familiares directos, Hijos, Conyugues, Padres, Hermanos. Personas allegadas pueden solicitar una cremación mediante declaración jurada (consultar). Una cremación es solicitada por un conyugue, debe presentar: certificado de matrimonio, libreta de casamiento, certificado de concubinato. Si la cremación es solicitada por un hijo hacia algunos de sus padres, es necesario que junto al DNI del solicitante se presente copia del certificado de nacimiento en donde conste que es hijo de la persona fallecida. En caso de padres solicitando cremaciones de sus hijos es necesario presentar certificados de nacimiento del hijo, en donde figura el nombre del padre (solicitante). Por otros casos pedir asesoramiento en la oficina 42881374
Trabajamos con obras sociales, mutuales o sindicatos que ofrecen cobertura de sepelio para sus afiliados, de esta manera se puede llegar a tener una cobertura de hasta el 100% de los gastos de servicio de sepelio. Hay algunas otras obras sociales o mutuales que cubren los gastos del sepelio pero no así los gastos de cementerio o crematorio, esto significa que solamente queda a cargo de la familia los impuestos municipales o del crematorio que elija. Además trabajamos con seguros de sepelio bancarios y aseguradoras que ofrezcan cobertura de sepelio. Existen obras sociales que ofrecen una cobertura mediante reintegros que se realizan con la factura y la documentación provista. Este es el caso de los jubilados de ANSES que ofrece un reintegro sobre los gastos.
En caso de requerir un servicio de sepelio con destino final en un cementerio del interior del país, contamos con servicios de ambulancias con experiencias en la realización de traslados de féretros en las distintas provincias. Tenemos una estrecha relación con la comunidad paraguaya en Argentina. Sabemos cual es la mejor manera y los caminos correctos para repatriar féretros al vecino país. Ofrecemos también asistencia consular. Realizamos la gestión de la documentación necesaria en las oficinas intervinientes, para los documentos durante el trayecto en ruta, frontera, hasta el destino final en la República del Paraguay.
En los casos en que fallece un jubilado/pensionado de ANSES. La persona que se haga económicamente cargo de los gastos de sepelio. Estará en condiciones de tramitar el subsidio de contención familiar, que le permite recibir el reintegro correspondiente.
Para gestionar dicho reintegro se debe presentar 1 copia de los siguientes documentos:
Una opción es presentarse en la oficina de ANSES sin turno previo. Para informar el deceso del Beneficiario, y ANSES le informa los pasos a seguir. Otra forma es sacar un turno previo en la web: https://www.anses.gob.ar/tramites/turnos
opción: subsidio Contención Familiar y presentarse en ANSES en la fecha asignada.
La gestión por pensión debe realizarse cuando fallece una persona jubilada y casada o en concuvinato, su cónyuge o concubino como pensión debe realizar el trámite ante ANSES de forma personal del que va a ser beneficiario de la pensión.
Es aconsejable que la factura se haga a nombre del cónyuge o concubino, para que de esta forma se pueda gestionar su pensión y el subsidio de «contención familiar» en forma conjunta. Es necesario presentar Certificado de matrimonio actualizado, o certificado de concubinato (en caso de concubinato).
En casos en que el concubino de la persona fallecida haya estado en pareja conviviendo en el mismo domicilio pero nunca hayan realizado el trámite de concubinato.
Es posible realizar un concubinato post mortem en los tribunales con dos testigos que no pueden ser familiares.
Se recomienda que sean vecinos del domicilio.
En caso que la familia necesite solicitar el acta de defunción este se deberá solicitarse en el registro civil en que fue asentada la defunción. La defunción se inscribe en el registro civil correspondiente al partido en el que ocurrió el fallecimiento. Para realizar la solicitud es necesario tener una serie de datos, aparte del nombre completo, se requiere el numero de documento de la persona fallecida.
Numero de acta tomo y folio y fecha en la que ocurrió el deceso. Esta solicitud se puede realizar en forma online en el sitio web de la provincia de Buenos Aires:
http://www.gba.gob.ar/registrodelaspersonas Opción: Partidas online.
O la otra opción es presentarse personalmente en el registro civil correspondiente donde esta acentada la defunción. Es necesario aclarar que cada registro civil tiene una modalidad distinta al momento de expedir actas. Este es el mismo proceso que se debe realiza para obtener actas de matrimonio actualizadas necesarias para el trámite de gestión de pensión.
Zapata 98
Banfield Oeste
Lomas de Zamora
Buenos Aires – Argentina